ARTURO MARTA?NEZ
Al tomar en cuenta el pacto de acciA?n conjunta firmado en 2006 por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la MA?sica de la RepA?blica Mexicana y la Sociedad de Autores y Compositores de la MA?sica, el empresario contratante del conjunto u orquesta es el responsable de cubrir la cantidad por concepto de derechos de autor.
El secretario general del Sindicato de FilarmA?nicos de la RegiA?n de El Mante, German MartA�nez SA?nchez, explico que segA?n el pacto de acciA?n conjunta, la Sociedad de Autores y Compositores de la MA?sica autoriza solamente a los miembros del Sindicato para que utilicen en sus actuaciones musicales el repertorio musical, tanto nacional como extranjero.
No obstante, dijo que los propietarios, encargados de giros mixtos, restaurant-bar, bares y demA?s centros de trabajo del municipio de El Mante, donde laboren grupos musicales, mariachis, orquestas, sonido, mA?sica grabada, cantantes y karaoke, que no estA�n registrados en el Sindicato Nacional o sean procedentes de otra entidad, deberA?n cubrir el pago de la cuota de paso.
AgregA? que antes del inicio de la actuaciA?n, el jefe responsable de la orquesta o conjunto, deberA? cerciorarse que el empresario ya ha cubierto a la Sociedad el pago por concepto de derechos de autor, ya que sin el pago previo, estA?n cometiendo el delito penal tipificado en la fracciA?n III del artA�culo 424 del CA?digo Penal Federal, que asciende a 6 mil dA�as de salario mA�nimo e incluso prisiA?n de 5 a 6 aA�os.
MartA�nez SA?nchez, comentA? que dichos acuerdos estA?n respaldados en El Mante por el Ayuntamiento y la CTM, a fin de que quienes contratan a las orquestas y conjuntos musicales cubran la cantidad por derechos de autor
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