La ComisiA?n de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declarA? improcedente la medida cautelar y la tutela preventiva, solicitadas por un ciudadano, por la presunta realizaciA?n de actos anticipados de precampaA�a y de campaA�a por parte del Partido AcciA?n Nacional (PAN) y de Margarita Zavala, ante una aparente difusiA?n sistemA?tica del nombre e imagen de A�sta A?ltima a travA�s de videos de eventos organizados por la asociaciA?n a�?DignificaciA?n de la PolA�tica A.C.a�?, alojados en la plataforma a�?YO CON MA�XICOa�? en YouTube y Facebook, y mediante mensajes de texto vA�a celular (SMS) con la finalidad de obtener una ventaja indebida ante la elecciA?n presidencial en 2018.
En sesiA?n extraordinaria urgente, con el voto a favor de la Consejera Adriana Favela y del Consejero Marco Antonio BaA�os, y el voto en contra del Consejero JosA� Roberto Ruiz (quien anunciA? un voto particular), la mayorA�a de la ComisiA?n determinA? que del anA?lisis conjunto de la informaciA?n proveniente de las pA?ginas de internet, la misma era insuficiente para concluir la realizaciA?n de actos anticipados de precampaA�a y de campaA�a.
Se precisA? que no hay constancia de que se estA�n divulgando los mensajes SMS, mientras que la publicaciA?n denunciada en internet no actualiza la pretensiA?n del quejoso, porque -desde una A?ptica preliminar y bajo la apariencia del buen derecho- dicha informaciA?n no se dirige a la ciudadanA�a en general, toda vez que para acceder a ella se requiere la voluntad de la persona, ademA?s de conocer la direcciA?n Web de dichas cuentas o perfiles que, en el caso concreto, pertenecen a una persona moral; contrario a lo que sucederA�a con propaganda transmitida en medios de comunicaciA?n masiva, como la radio y la televisiA?n.
Respecto a la tutela preventiva, la mayorA�a de la ComisiA?n seA�alA? que, de conformidad con un reciente criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la FederaciA?n (TEPJF), resulta improcedente concederla cuando se trata de actos futuros de realizaciA?n incierta que limiten el ejercicio del derecho a la libertad de expresiA?n en el A?mbito jurA�dico electoral.
El Consejero JosA� Roberto Ruiz se pronunciA? por la procedencia de las medidas cautelares, al considerar necesario un anA?lisis mA?s exhaustivo del contenido de los materiales denunciados, y manifestA? no compartir el criterio sobre internet y la tutela preventiva que sostuvo la mayorA�a en la ComisiA?n.
SeA�alA? que en los videos, motivo de la queja, se promueve a Margarita Zavala y al PAN como la mejor opciA?n para las elecciones presidenciales de 2018, y se le menciona con el carA?cter de candidata, ademA?s de manifestar que estos materiales se pueden localizar fA?cilmente en internet, plataforma electrA?nica que a��dijo- tiene alrededor de 61 millones de usuarios en MA�xico, y aclarA? a��tambiA�n- que el portal de YouTube, donde se alojan, es de libre acceso.
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