ARTURO MARTA?NEZ
Ante el Pleno del Congreso, se presentA? la iniciativa que busca tipificar el delito de cobranza ilegA�tima, imponiendo una sanciA?n de seis meses a tres aA�os de prisiA?n y de 180 a 360 Unidades de Medida y ActualizaciA?n (UMA) a quien cometa el ilA�cito.
En la sesiA?n ordinaria, la Diputada Teresa Aguilar GutiA�rrez, propuso adicionar al CA?digo Penal del Estado, que comete delito de cobranza ilegA�tima, la persona que por cualquier medio requiera el pago de una deuda empleando amenazas, violencia, intimidaciA?n u hostigamiento y se le impondrA? las sanciones mencionadas y las que correspondan si para tal efecto se emplearon documentos, sellos falsos o se usurparon funciones pA?blicas o de profesiA?n.
Lo anterior, ya sea que dicho requerimiento se haga a nombre propio o en representaciA?n de instituciones bancarias, crediticias, tiendas departamentales u otros, el pago de una deuda propia o de alguien con quien estA� ligado por vA�nculos familiares y afectivos, asA� como haya fungido de referencia o aval.
a�?En la actualidad existen despachos de cobranza, cuyo objetivo es ejercer cierta clase de presiA?n en el deudor, con tal de que este se vea forzado a pagar, logrando esto mediante diversos abusos, como visitas y llamadas constantes en horas inadecuadas, uso de lenguaje ofensivo, simulaciA?n de documentos judiciales como cartas y citatorios, amenazas e incluso los llamados embargos extrajudicialesa�?, comentA?.
SeA�alA? que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.